- Visitas
- Reglas de las visitas por vídeo a distancia
- Reglas de visita en el sitio
- Regalos a los reclusos
- Correo para reclusos
- El correo que viole cualquiera de las reglas anteriores será devuelto al remitente.
- Información sobre fianzas
- Liberación de reclusos
- Recogida de bienes
- Liberación por trabajo
- Programa de Detalle de Trabajo de Presos del Sheriff (SILD)
- (Los participantes deben traer cambio exacto ya que no tenemos fondos para hacer cambio)
Visitas
Todas las visitas personales están sujetas a monitoreo y grabación.
Están disponibles las visitas in situ y por video remoto. Para programar una visita in situ o remota por vídeo, primero debe crear una cuenta de visitas. Hay 3 maneras de crear una cuenta.
Puede
- utilizar el quiosco en el vestíbulo de la cárcel
- ir a www.gettingout.com o
- Llamar al 1-866-516-0115.
Una vez que su cuenta está configurada, puede programar una visita. Aunque no es obligatorio, se recomienda que programe su visita con al menos 24 horas de antelación para que el recluso tenga la oportunidad de aceptar la visita.
Los reclusos recibirán 2 visitas gratuitas en el sitio por semana. Los visitantes pueden sugerir el uso de una visita gratuita pero debe ser aceptada por el recluso para que la visita sea gratuita.
Reglas de las visitas por vídeo a distancia
- No hay participación de terceros. Si un recluso regala o vende su visita a otro recluso, la cuenta del recluso y del visitante puede ser suspendida.
- Sin desnudos ni comportamiento sexual explícito. La violación de esta norma puede dar lugar a medidas disciplinarias y a la suspensión administrativa.
- No a las amenazas de intimidación o daño. La violación de esta norma puede dar lugar a medidas disciplinarias y a la suspensión administrativa.
- No a la tergiversación de la identidad. La violación de esta regla puede resultar en acción disciplinaria y suspensión administrativa.
- Todas las visitas personales se llevarán a cabo en los quioscos de visitas Telmate ubicados detrás de la puerta 6 del vestíbulo de la cárcel.
- Un padre o tutor legal debe acompañar a los niños menores de 18 años.
- Los padres y/o tutores de los niños pequeños que se vuelvan perturbadores para otros visitantes o el personal se les pedirá que se vayan y la visita puede ser terminada.
- Los niños deben estar bajo el control de un adulto en todo momento y no pueden ser dejados sin vigilancia en las áreas del vestíbulo, automóviles o en los terrenos de la detención.
- Todas las reglas de visitas remotas por video mencionadas anteriormente se aplican a las visitas en el sitio.
- Escriba el nombre completo del recluso, de forma legible, en la parte delantera del sobre e incluya su nombre completo y correcto y la dirección del remitente.
- No incluya en el sobre cartas de nadie más que de usted mismo. (Las cartas de los niños son una excepción)
- No ponga cinta adhesiva, pegatinas o archivos adjuntos en el sobre o la carta.
- No envíe tarjetas musicales o electrónicas.
- No envíe fotografías polaroid o de desnudos.
- No envíe sellos, papel o sobres adicionales.
- No rocíe las cartas o los sobres con perfume, colonia o cualquier otro producto químico.
- Un individuo debe ser sentenciado a por lo menos 3 días para ser elegible para la liberación de trabajo.
- Debe pasar las primeras 24 horas de su encarcelamiento en la cárcel antes de ser liberado para trabajar.
- La cuota de liberación de trabajo es de $25.00 por cada día que un individuo es liberado de la cárcel para ir a trabajar. Siete (7) días de cuotas de Liberación por Trabajo deben ser pagados por adelantado. Este dinero cubrirá los últimos 7 días de honorarios de liberación de trabajo ($175.00) y debe ser pagado antes de comenzar el programa de liberación de trabajo. Si la sentencia es de más de 7 días, se le entregará una factura al participante de la liberación laboral semanalmente y los pagos deberán realizarse a más tardar el sábado de cada semana.
- Un paquete de liberación laboral tendrá que ser completado y presentado al Comandante de la Cárcel para su aprobación. Un horario de trabajo impreso en papel con membrete de la empresa con las fechas y horas que el empleado está programado para trabajar en la semana siguiente también debe ser presentado con el paquete. El horario debe contener el nombre y la firma del supervisor del empleado y un número de teléfono comercial en el que se pueda localizar al supervisor. También debe incluir el tipo de negocio y la dirección o ubicación en la que el empleado trabajará cada día. Si hay que hacer algún cambio en el horario o en el lugar de trabajo, el supervisor debe ponerse en contacto con el Centro de Detención del Condado de Elmore antes del cambio y enviará por fax o por correo el horario revisado lo antes posible al Centro de Detención.
- El empleado debe estar en el lugar de trabajo en todo momento o se considerará que ha violado el acuerdo de liberación de trabajo. Nos reservamos el derecho de comprobar físicamente el empleado en el lugar de trabajo en cualquier momento, ya sea por teléfono o en persona.
- Se requerirá un nuevo horario de trabajo firmado por el supervisor al comienzo de cada semana de trabajo antes de que el individuo sea liberado, incluso si el horario de trabajo es el mismo que la semana anterior.
- Como parte del acuerdo del programa de liberación de trabajo, el individuo debe seguir todas las reglas y regulaciones descritas en el programa. Los reclusos en libertad laboral serán liberados con una cantidad suficiente de tiempo de viaje antes de su horario de trabajo programado y deberán regresar al Centro de Detención inmediatamente después de su horario de trabajo programado a menos que se hagan arreglos especiales con el supervisor de turno del Centro de Detención. Si un participante de liberación de trabajo es más de media hora de retraso, él / ella puede ser obligado a traer una carta firmada de su supervisor de trabajo en papel con membrete indicando la razón de llegar tarde.
- El trabajo debe estar dentro de los límites del Condado de Elmore.
Reglas de visita en el sitio
Cualquier violación de las reglas de visita puede resultar en la terminación inmediata de la visita y la suspensión temporal del privilegio de visita.
Regalos a los reclusos
Los reclusos encarcelados en la Cárcel del Condado de Elmore pueden recibir regalos y dinero directamente de amigos y familiares. Si desea depositar dinero en la cuenta de un recluso, puede hacerlo
1. Usando el quiosco en el vestíbulo de la cárcel
2. Usando www.gettingout.com o
3. Llamando al 1-866-516-0115
Para comprar un paquete de regalo o comisario para un recluso, puede hacerlo visitando www.idcountypackages.com
Los reclusos pueden usar el dinero depositado en su cuenta para comprar aperitivos, artículos de higiene y de papelería.
Los reclusos pueden recibir libros de bolsillo y revistas a través de una editorial o punto de venta solamente. Si se compran libros o revistas para un recluso, deben enviarse directamente a la cárcel desde el distribuidor.
Correo para reclusos
Si desea enviar correo a un recluso, siga estas normas:
El correo que viole cualquiera de las reglas anteriores será devuelto al remitente.
Información sobre fianzas
Si desea pagar una fianza para un recluso, puede ponerse en contacto con un agente de fianzas o pagar la fianza en efectivo. Si elige ponerse en contacto con un agente de fianzas, ellos discutirán sus requisitos y tarifas con usted personalmente. Si elige pagar la fianza en efectivo, debe tener el importe total de la fianza en cambio exacto.
Se adjunta una tasa de 10 dólares por la fianza del sheriff a cada fianza. Esto debe ser pagado aparte de la fianza y debe ser cambio exacto.
El personal de Detención no guarda cambio para romper las fianzas o la cuota del Sheriff.
Si usted elige poner una fianza en efectivo para un preso, esto no resuelve los cargos o multas contra ellos. La fianza en efectivo es simplemente un aval (o una garantía) de que el recluso comparecerá ante el tribunal en la fecha y hora que le indique el funcionario que lo libera. En el caso de que el recluso no comparezca ante el tribunal como se le ha ordenado, su fianza en efectivo se perderá y se emitirá una orden de arresto para el recluso.
Una vez que el caso se resuelva en el tribunal, la fianza en efectivo que usted pagó puede ser tomada y aplicada como pago de todos los costos incurridos y las multas impuestas. El Código de Idaho Sec. 19-2923 autoriza al tribunal a tomar la fianza en efectivo depositada por el recluso o por alguien en su nombre, y aplicar ese dinero a las multas y costos incurridos como resultado del caso penal presentado contra el recluso.
Liberación de reclusos
Cuando el personal de detención recibe la documentación de una fianza depositada y/o una orden de liberación del tribunal, el personal comenzará a procesar al recluso para su liberación. La liberación de un recluso puede tomar una cantidad de tiempo considerable. Todos los reclusos liberados serán dirigidos a reunirse con su grupo de fianza en el vestíbulo de la cárcel.
Recogida de bienes
Los reclusos pueden entregar sus bienes personales a sus familiares y amigos. El recluso debe llenar un formulario de liberación de propiedad antes de la liberación de la propiedad. Su propiedad sólo puede ser liberada a la persona que aparece en el formulario. Los diputados no le liberarán la propiedad sin una identificación positiva.
Los reclusos no pueden recibir propiedad mientras están encarcelados. La cárcel aceptará medicamentos actuales o anteojos recetados.
Liberación por trabajo
Para ser elegible para la liberación por trabajo, la corte debe permitir al individuo la opción de participar en el programa de liberación por trabajo. La liberación laboral sólo se autoriza a los individuos que están actualmente empleados. Ser liberado para buscar un trabajo no está autorizado.
A discreción del Centro de Detención del Condado de Elmore, el individuo puede ser liberado de la cárcel cada día laboral, si es aprobado por el Comandante de la Cárcel, para salir a trabajar y se esperará que se reporte a la cárcel al final del día de trabajo.
Programa de Detalle de Trabajo de Presos del Sheriff (SILD)
El Programa de Detalle de Trabajo de Presos del Sheriff (SILD) permite a una persona sentenciada por un delito cumplir su sentencia en un equipo de trabajo en lugar de ser encarcelado en la cárcel. El individuo será supervisado por un ayudante del sheriff y realizará el trabajo que se le asigne durante el día y luego será liberado para volver a su casa en su próximo día programado de SILD.
Directrices de SILD:
- La orden judicial debe autorizar SILD como una opción al tiempo de cárcel.
- Los individuos deben estar libres de cualquier limitación física o mental que impida su plena participación en el programa.
- Los individuos deben ponerse en contacto con la Cárcel del Condado de Elmore dentro de las 24 horas de la sentencia para hacer los arreglos para su participación en el programa SILD.
- Los individuos que están cumpliendo tiempo en el Programa SILD por orden de la Corte del Condado de Elmore deberán pagar $25.00 por día antes de salir con el Supervisor de SILD. Los individuos que están sirviendo tiempo en el Programa de SILD por orden de otro Condado serán requeridos a pagar $35.00 por día antes de salir con el Supervisor de SILD.
(Los participantes deben traer cambio exacto ya que no tenemos fondos para hacer cambio)
- La hora de llegada es 8:45 a.m. El trabajo comienza a las 9:00 a.m. y no está programado que termine hasta las 5:00 p.m. Usted debe realizar el trabajo requerido durante estas horas y no puede salir hasta que sea despedido por el supervisor de SILD.