Proceso de enmienda constitucional

La autoridad para enmendar la Constitución de los Estados Unidos se deriva del artículo V de la Constitución. Después de que el Congreso proponga una enmienda, el Archivero de los Estados Unidos, que dirige la Administración Nacional de Archivos y Registros (NARA), tiene la responsabilidad de administrar el proceso de ratificación en virtud de las disposiciones del 1 U.S.C. 106b. El Archivero ha delegado muchas de las tareas ministeriales asociadas a esta función en el Director del Registro Federal. Ni el artículo V de la Constitución ni el artículo 106b describen con detalle el proceso de ratificación. El Archivero y el Director del Registro Federal siguen los procedimientos y costumbres establecidos por el Secretario de Estado, que desempeñó estas funciones hasta 1950, y el Administrador de Servicios Generales, que ejerció esta función hasta que NARA asumió la responsabilidad como agencia independiente en 1985.

La Constitución establece que una enmienda puede ser propuesta por el Congreso con una mayoría de dos tercios de los votos de la Cámara de Representantes y del Senado o por una convención constitucional convocada por dos tercios de las legislaturas estatales. Ninguna de las 27 enmiendas a la Constitución ha sido propuesta por una convención constitucional. El Congreso propone una enmienda en forma de resolución conjunta. Como el Presidente no tiene un papel constitucional en el proceso de enmienda, la resolución conjunta no pasa por la Casa Blanca para su firma o aprobación. El documento original se envía directamente a la Oficina del Registro Federal (OFR) de NARA para su procesamiento y publicación. La OFR añade notas de historia legislativa a la resolución conjunta y la publica en formato de ley. La OFR también prepara un paquete de información para los Estados que incluye copias formales de la resolución conjunta, copias de la resolución conjunta en formato de ley, y el procedimiento legal para la ratificación en virtud de 1 U.S.C. 106b.

El Archivero presenta la propuesta de enmienda a los Estados para su consideración mediante el envío de una carta de notificación a cada Gobernador junto con el material informativo preparado por la OFR. A continuación, los gobernadores presentan formalmente la enmienda a sus legislaturas estatales o el Estado convoca una convención, según lo que haya especificado el Congreso. En el pasado, algunas legislaturas estatales no han esperado a recibir la notificación oficial antes de tomar medidas sobre una propuesta de enmienda. Cuando un Estado ratifica una propuesta de enmienda, envía al Archivero un original o una copia certificada de la acción del Estado, que se transmite inmediatamente al Director del Registro Federal. La OFR examina los documentos de ratificación para comprobar la suficiencia legal de la cara y la firma de autenticidad. Si los documentos se encuentran en buen estado, el Director acusa recibo y mantiene la custodia de los mismos. La OFR conserva estos documentos hasta que se apruebe o no se apruebe una enmienda, y entonces transfiere los registros a los Archivos Nacionales para su conservación.

Una propuesta de enmienda pasa a formar parte de la Constitución en cuanto es ratificada por tres cuartas partes de los Estados (38 de 50 Estados). Cuando la OFR comprueba que ha recibido el número requerido de documentos de ratificación autentificados, redacta una proclamación formal para que el Archivero certifique que la enmienda es válida y ha pasado a formar parte de la Constitución. Esta certificación se publica en el Registro Federal y en U.S. Statutes at Large y sirve como notificación oficial al Congreso y a la Nación de que el proceso de enmienda ha sido completado.

En algunos casos, los Estados han enviado documentos oficiales a NARA para registrar el rechazo de una enmienda o la rescisión de una ratificación anterior. El Archivero no toma ninguna decisión de fondo sobre la validez de las acciones de ratificación de los Estados, pero se ha establecido que la certificación del Archivero sobre la suficiencia legal de los documentos de ratificación es definitiva y concluyente.

En la historia reciente, la firma de la certificación se ha convertido en una función ceremonial a la que asisten varios dignatarios, entre los que puede estar el Presidente.El Presidente Johnson firmó las certificaciones de las Enmiendas 24 y 25 como testigo, y el Presidente Nixon presenció igualmente la certificación de la Enmienda 26 junto con tres jóvenes académicos. El 18 de mayo de 1992, el Archivero desempeñó por primera vez las funciones de funcionario certificador para reconocer la ratificación de la 27ª Enmienda, y el Director de los Registros Federales firmó la certificación como testigo.

Links to Constitutional Amendment Information in the Treasures of Congress Exhibit

  • The Bill of Rights (Amendments 1-10 and 27)
  • The 13th Amendment (Prohibiting Slavery)
  • The 17th Amendment (Direct Election of Senators)
  • The 19th Amendment (Granting Women the Right to Vote)

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